A diferencia del feminismo cívico o “de la razón”, que aboga de forma serena por la igualdad efectiva entre todos los ciudadanos, “lo que define al feminismo radical es su sectarismo”. Para Ruiz Zamora, una manifestación de ese sectarismo es el empeño por silenciar a los discrepantes.
“Al confundir igualdad con homogeneidad, el feminismo feroz interpreta que cualquier opción personal que no comulgue con sus parámetros supone una agresión potencial contra las determinaciones convencionales de la Idea”.
La ideología del feminismo radical utiliza dos recursos para imponer la censura: “En primer lugar, la descalificación integral de cualquier crítica que venga a poner en evidencia la naturaleza de sus excesos. El segundo, es la conminación a que cualquier diferencia, por razonable que pueda ser, debe ser silenciada para no hacer el juego a aquello que se pretende combatir”.
Para ilustrar esto, Ruiz Zamora por el ejemplo de la “violencia de género”. Atreverse a afirmar que no todo vale en este campo, “supone la acusación fulminante de ser al menos cómplice, cuando no instigador de la misma”.
Lo peligroso del asunto es que de esa censura se derivan serios perjuicios a la salud democrática. “La ruptura, por ejemplo, de los principios sacrosantos de igualdad ante la ley y de presunción de inocencia que instaura la Ley integral contra la violencia de género, no puede ser considerada progresista”. Igualmente, la resistencia del feminismo radical al reconocimiento legal de la custodia compartida de los hijos “parte de la rancia convicción de que el cuidado y la educación de los hijos es un asunto predominante, si no exclusivamente, femenino”.
Manuel Ruiz Zamora. Fuente: www.elpais.com . 1 de marzo de 2010.
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